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Familia · Guía

Divorciarse según la ley marroquí

En Marruecos un matrimonio solo termina a través del tribunal. El Código de Familia ofrece varias vías: de mutuo acuerdo, por discordia, a petición del marido o de la esposa.

Verificado: octubre de 2026

Estas páginas describen la ley en vigor en octubre de 2026: el Código de Familia de 2004 y el Código de la Nacionalidad. La reforma del Código de Familia anunciada en diciembre de 2024 no se ha votado. Sirven para informarte. Para tu caso concreto, consulta a un abogado, un adul o un notario.

Datos clave

  • No existe divorcio fuera del tribunal. Unas palabras dichas en casa, un juramento o una carta no ponen fin al matrimonio. Solo cuenta la autorización o la sentencia del tribunal, recogida en acta por dos adules cuando hace falta.
  • El Código se aplica a todos los marroquíes, también con una segunda nacionalidad, y a toda pareja en la que uno de los cónyuges es marroquí.
  • La solicitud se presenta en la sección de familia del tribunal de primera instancia: el del domicilio conyugal, o el del domicilio o la residencia de la esposa, o el del lugar donde se redactó el acta de matrimonio, por ese orden.
  • El tribunal intenta primero reconciliaros. Si hay hijos, hace dos intentos con al menos 30 días de intervalo.
  • Un divorcio por discordia (chiqaq) debe resolverse en los seis meses siguientes a la solicitud. Lo mismo vale para los divorcios pedidos por la esposa por motivos legales, salvo circunstancias excepcionales.
  • Cuando el marido pide el divorcio (talaq), el tribunal fija lo que se debe a la esposa y a los hijos. Él debe depositar la suma en el tribunal en un plazo de 30 días. Si no lo hace, el tribunal lo considera una renuncia al divorcio.
  • La decisión del tribunal que pone fin al matrimonio no puede recurrirse en cuanto al divorcio en sí. Las partes sobre el dinero y los hijos, sí.
  • El tribunal envía un resumen a la oficina del estado civil del lugar de nacimiento de cada cónyuge, que anota el divorcio en vuestras partidas de nacimiento. Si un cónyuge nació en el extranjero, se envía al procurador del Rey en Rabat.
  • Un nuevo Código de Procedimiento Civil (ley 58.25) se aplica desde el 24 de agosto de 2026. Según la prensa, las solicitudes ya pueden presentarse a través de plataformas electrónicas.
  • Con ese código, los tribunales marroquíes pueden juzgar un divorcio contra un cónyuge que vive en el extranjero cuando el acta de matrimonio se redactó en Marruecos, cuando el cónyuge que presenta la demanda es marroquí o cuando el cónyuge demandado es marroquí, según el análisis de un especialista.

Pasos

  1. Elige la vía con un abogado: de mutuo acuerdo, por discordia o una de las otras que figuran más abajo. De ella depende lo que el tribunal comprueba y lo que se debe.
  2. Presenta la solicitud con el acta de matrimonio. Para un talaq, añade la prueba de los ingresos del marido. Para un divorcio de mutuo acuerdo, añade vuestro acuerdo escrito.
  3. Acude a la audiencia de reconciliación. Pregunta al tribunal, a través de tu abogado, si debes acudir en persona: el Código no dice nada sobre los cónyuges que viven en el extranjero.
  4. En un talaq, el marido deposita la suma fijada por el tribunal en un plazo de 30 días.
  5. Con la autorización del tribunal, dos adules de la circunscripción del tribunal recogen el divorcio en acta. En un divorcio judicial, la propia sentencia pone fin al matrimonio.
  6. Recoge el acta de divorcio o la sentencia, y un certificado de que es firme.
  7. Comprueba que el divorcio está anotado en tu partida de nacimiento marroquí pidiendo una copia nueva. Después haz que se reconozca en tu país de residencia.

Qué llevar

  • El acta de matrimonio
  • La identidad de ambos cónyuges y los datos de los hijos
  • Para un talaq: prueba de los ingresos y de las obligaciones del marido
  • Para un divorcio de mutuo acuerdo o un khol': vuestro acuerdo escrito y sus condiciones
  • Desde el extranjero: un poder para tu abogado, legalizado en el consulado. Pregunta al tribunal qué acepta.

Ojo

  • Si el marido pidió el divorcio, fue citado en persona y no comparece, el tribunal considera que ha retirado su solicitud.
  • Si la esposa fue citada en persona y ni comparece ni responde por escrito, el caso puede resolverse sin ella tras una advertencia del procurador del Rey.
  • Comprueba qué tipo de divorcio figura en tu acta. Varios países europeos rechazan un talaq decidido solo por el marido, y aceptan un divorcio de mutuo acuerdo o por discordia.
  • Un proceso de divorcio en Marruecos no detiene por sí solo un proceso en el extranjero. Entre Francia y Marruecos, el tribunal al que se acude en segundo lugar debe esperar.
  • No hemos podido leer la página de los consulados sobre el divorcio en Marruecos. Pregunta en tu consulado qué se puede hacer allí mismo.
  • Propuestas, no ley: la reforma convertiría el divorcio de mutuo acuerdo en un contrato sin proceso judicial, reduciría el número de tipos de divorcio y limitaría todo proceso de divorcio a seis meses.

Fuentes oficiales

Verificado: octubre de 2026. Guía independiente, no es un sitio del Gobierno. Las normas cambian: confírmalo en la página oficial antes de actuar.

Las vías de divorcio

De mutuo acuerdo (consentimiento mutuo)
Los dos estáis de acuerdo en poner fin al matrimonio, con o sin condiciones. Las condiciones no deben perjudicar a los hijos. Presenta la solicitud uno de los dos o ambos; el tribunal intenta la reconciliación y después autoriza el divorcio.
Por discordia (chiqaq)
Uno de los cónyuges, o ambos, pide al tribunal que resuelva un conflicto que amenaza el matrimonio. Si la reconciliación fracasa, el tribunal concede el divorcio y fija lo que se debe, valorando la parte de responsabilidad de cada uno.
A petición del marido (talaq)
Necesita el permiso del tribunal, deposita lo que se debe a la esposa y a los hijos y después hace que dos adules recojan el divorcio en acta.
Por la esposa, con un derecho delegado (tamlik)
Si su marido le dio el derecho a divorciarse, normalmente en el acta de matrimonio, ella misma se dirige al tribunal. Él no puede oponerse.
Mediante compensación (khol')
La esposa da algo a cambio del divorcio, de mutuo acuerdo. Si no os ponéis de acuerdo sobre el importe, lo fija el tribunal. Lo que ella da no puede salir del dinero de los hijos.
A petición de la esposa, por motivos legales
Seis motivos: el marido incumplió una condición del acta, perjuicio, impago de la manutención, ausencia de más de un año, un defecto oculto o su juramento de abstinencia. El perjuicio puede probarse por cualquier medio, incluidos los testigos.
Antes de la consumación del matrimonio
El divorcio es definitivo de inmediato. A la esposa se le debe la mitad de la dote y no guarda ningún periodo de espera.

Después de la decisión: revocable o definitivo, y el periodo de espera

Divorcios definitivos
Un divorcio concedido por el tribunal es irrevocable, salvo por juramento de abstinencia o por impago de la manutención. También lo son un divorcio de mutuo acuerdo, un khol', un divorcio por tamlik y un tercer talaq. Para volver a vivir juntos, hace falta una nueva acta de matrimonio.
Divorcio revocable
Un primer o un segundo talaq del marido es revocable durante el periodo de espera. Él puede retomar a su esposa ante dos adules. El juez convoca a la esposa y, si se niega, ella puede pedir un divorcio por discordia.
Periodo de espera (idda)
Empieza a contar desde el divorcio cuando el matrimonio se consumó: tres ciclos menstruales, o tres meses para una mujer sin ciclos, o hasta el parto para una mujer embarazada. Una viuda guarda cuatro meses y diez días.
Después de un tercer divorcio
No podéis volver a casaros entre vosotros, salvo que la mujer haya pasado después por un matrimonio consumado con otro hombre que haya terminado.
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