Familia · Guía
Casarse en el extranjero: ayuntamiento o adules en el consulado
Un matrimonio civil celebrado en el extranjero es válido para Marruecos cuando cumple las condiciones del Código de Familia. Después depositas una copia del certificado en el consulado.
Estas páginas describen la ley en vigor en octubre de 2026: el Código de Familia de 2004 y el Código de la Nacionalidad. La reforma del Código de Familia anunciada en diciembre de 2024 no se ha votado. Sirven para informarte. Para tu caso concreto, consulta a un abogado, un adul o un notario.
Datos clave
- Como marroquí residente en el extranjero, puedes casarte según el procedimiento local de tu país de residencia, en el ayuntamiento o en el registro civil (Código de Familia, artículo 14).
- Para Marruecos, ese matrimonio debe reunir: el consentimiento de ambos, la capacidad legal, el tutor matrimonial (wali) cuando se exige, ningún impedimento legal y ningún acuerdo para suprimir la dote (sadaq). Deben estar presentes dos testigos musulmanes.
- El certificado local basta entonces para probar el matrimonio según la ley marroquí. No hace falta una segunda acta ni en Marruecos ni en el consulado.
- Debes depositar una copia del certificado en un consulado marroquí en los tres meses siguientes a la boda. Desde una modificación del artículo 15 en 2021, puede ser el consulado de tu lugar de residencia o el del lugar del matrimonio.
- ¿Se te han pasado los tres meses? Todavía puedes depositarlo, incluso años después. La guía jurídica de la Fundación Hassan II indica que la ley no prevé ninguna sanción por el retraso.
- Si el certificado no menciona a dos testigos musulmanes o la dote, el servicio de adules del consulado redacta un anexo al certificado, llamado Ishhad Moulhaq.
- El consulado remite la copia a la oficina del estado civil del lugar de nacimiento de cada cónyuge en Marruecos. Si un cónyuge nació fuera de Marruecos, se envía a Rabat.
- Un matrimonio civil que cumple estas reglas tiene el mismo valor que un matrimonio ante adules, también para inscribir a tus hijos en el registro civil marroquí.
- La otra vía: casarte ante adules en un consulado marroquí, con las mismas reglas que en Marruecos. El juez de familia debe autorizar antes el acta.
- La edad mínima para casarse es de 18 años para ambos. Por debajo de los 18, solo el juez de familia puede autorizar el matrimonio, mediante una resolución motivada.
- El Código de Familia se aplica a todos los marroquíes, incluidos los que tienen una segunda nacionalidad, y a toda pareja en la que uno de los dos es marroquí.
Pasos
- Antes de la boda, asegúrate de que habrá dos testigos musulmanes en la ceremonia y de que no se renuncia a la dote.
- Cásate ante la autoridad local, según el procedimiento de tu país de residencia.
- Pregunta en el consulado qué tipo de copia y qué traducción quiere. Después deposita el certificado en un plazo de tres meses, en el consulado de tu residencia o en el del lugar del matrimonio.
- Si en el certificado faltan los testigos o la dote, pide el anexo al servicio de adules en la misma visita.
- Pregunta cuándo aparecerá el matrimonio en vuestras partidas de nacimiento marroquíes y cómo conseguir el libro de familia.
Qué llevar
- Una copia del certificado de matrimonio expedido por la autoridad local. Es el único documento que la propia ley menciona.
- Los consulados suelen pedir además: la inscripción consular del cónyuge marroquí, las partidas de nacimiento, la CNIE y los pasaportes, y una traducción al árabe del certificado, legalizada o con apostilla. Pide al tuyo su lista y su tasa.
- Para el anexo sobre los testigos: uno de los cónyuges puede pedirlo solo. Si el anexo recoge la dote, deben acudir los dos cónyuges.
- Matrimonio ante adules en el consulado: el formulario de solicitud de la autorización del juez, más un extracto de la partida de nacimiento, un certificado administrativo y un certificado médico de cada uno.
- Matrimonio ante adules con una persona extranjera o convertida al islam: una autorización especial y, para el prometido extranjero, un certificado de capacidad matrimonial.
- Matrimonio por poderes: un poder que nombre al otro cónyuge y la dote, otorgado en documento público o con tu firma legalizada, y aprobado por el juez de familia.
Ojo
- Los impedimentos de la ley marroquí se aplican también a un matrimonio civil en el extranjero. El artículo 39 prohíbe el matrimonio de una musulmana con un no musulmán, y el de un musulmán con una no musulmana salvo que ella sea cristiana o judía.
- Un matrimonio ante adules en un consulado es un acta marroquí. Comprueba antes que tu país de residencia acepta un matrimonio celebrado en un consulado extranjero en su territorio, sobre todo si uno de los dos tiene la nacionalidad de ese país.
- El matrimonio por poderes es una excepción: el juez solo lo permite cuando circunstancias especiales te impiden acudir en persona. Algunos países no lo reconocen.
- Un matrimonio religioso sin acta (por la Fatiha) no es prueba de matrimonio en Marruecos.
- Propuesta, no ley: las líneas generales de la reforma de diciembre de 2024 permitirían a los marroquíes en el extranjero casarse sin dos testigos musulmanes cuando sea imposible contar con ellos. Hoy los dos testigos siguen siendo obligatorios.
Fuentes oficiales
Verificado: octubre de 2026. Guía independiente, no es un sitio del Gobierno. Las normas cambian: confírmalo en la página oficial antes de actuar.
Un matrimonio que nunca se inscribió en Marruecos
- Un matrimonio civil nunca depositado
- Lleva una copia del certificado al consulado de tu residencia o al del lugar del matrimonio. La regla de 2021 también vale para los matrimonios celebrados antes de ella.
- Un certificado sin testigos ni dote
- El servicio de adules del consulado lo completa con el anexo (Ishhad Moulhaq).
- Solo un matrimonio religioso, sin acta
- La acción judicial para hacer reconocer un matrimonio así se cerró el 5 de febrero de 2019 y no se ha vuelto a abrir. La pareja debe celebrar un nuevo matrimonio conforme a las reglas legales.
- Hijos nacidos antes de que hubiera acta
- El padre puede reconocer la paternidad mediante un acta ante adules, para que los hijos queden inscritos en el registro civil. Una circular de 2016 pide a los oficiales del estado civil que la acepten.